A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Instituto Financiero De Casanare Ifc·Respondent Sanchez Campos Sandra Yuliedt Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias relacionadas con ejecución de títulos valores con origen en entidad estatal endosados a un tercero
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 004 Administrativo de Yopal (Casanare) y el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal (Casanare), causado por un proceso ejecutivo de mínima cuantía presentado por el Instituto Financiero de Casanare en contra de dos ciudadanos, por el saldo del capital adeudado y los intereses moratorios generados por incumplimiento de un pagaré suscrito entre los demandados y el ICETEX.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que al IFC le fue endosado en procuración el título que pretende ejecutarse, por parte del Departamento de Casanare, que a su vez se le había endosado por parte de ICETEX, original suscriptor del mismo.
Por lo tanto, se predica la autonomía del título valor respecto a las partes que realizaron el negocio jurídico.
Aunque esta Corte ha resuelto conflictos iniciados por el IFC contra particulares, estableciendo la competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso administrativo, la regla de decisión en esos casos exige que se demuestre que la entidad demandada fue parte del contrato que originó la obligación.
En este caso, esta condición no se cumple, ya que el IFC no fue parte de la relación contractual, por lo que debe aplicarse la regla de decisión establecida en Autos 1027/21 y 527/25, entre otros, que reconoce la competencia de la jurisdicción ordinaria cuando el proceso involucra a un tercero al que se le endosó el título valor, en virtud del artículo 15 del CGP y las disposiciones 627 y 784 (numeral 12) del Código de Comercio.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal es la autoridad competente para conocer el proceso ejecutivo.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6347 al Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal (Casanare) para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal (Casanare) y a los interesados dentro del trámite judicial.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.